miércoles, 21 de enero de 2015

Subida Precio Energía Eléctrica por Coste Servicio Interrumpibilidad

Nuevamente el Ministerio de Industria, tras anunciar a bombo y platillo que no subiría los peajes de acceso con el nuevo año, algo muy conveniente para los intereses del gobierno en un año electoral, se saca de la manga una disposición final incluida en la Orden IET/2444/2014, de 19 de diciembre y publicada en el BOE nº 312 el 26 de diciembre de 2014, donde establece que el coste del servicio de interrumpibilidad lo deben sufragar a partir del primero de enero de este año los consumidores.

Esta técnica de subir los precios de “tapadillo” es una norma muy habitual en el Ministerio de Industria. Valga recordar lo que sucedió el pasado junio cuando se incremento el precio de los costes de pérdidas de red o un poco más atrás, en el 2011 (otro año electoral) cuando también se anunció que no se tocarían los peajes, cosa que efectivamente así fue, pero se subieron los pagos por capacidad. Esto por no mencionar las subidas de más del 100% del importe de los términos de potencia en mitad de agosto del año 2013 con el país de vacaciones.

Lo más curioso es que esta vez nos suben los costes por un servicio que no es necesario. El servicio de interrumpibilidad es en un sistema a partir del cual grandes consumidores reducen su consumo de energía en momentos teóricamente de un gran exceso de demanda, para garantizar que el resto de consumidores puedan disponer de la electricidad que teóricamente necesitan. Estos grandes consumidores reciben una retribución por su “servicio” al sistema. Lo curioso de todo esto es que hace varios años que en nuestro sistema eléctrico hay sobrecapacidad y no es necesario este servicio, que desde hace al menos 5 años no ha requerido de ninguno de estos grandes consumidores para que reduzcan su consumo, aunque sin embargo lo están cobrando. Por tanto se está pagando a estas empresas una subvención encubierta posiblemente para evitar que cierren sus fábricas en España al no ser competitivas por los precios de la energía con respecto a otros países.

Hasta ahora este coste estaba establecido dentro de los peajes, pero ahora se va a facturar como un coste de la energía en el mercado y va a suponer un aumento de aproximadamente un 2% en la facturación de la energía de los consumidores, variando su coste en función de la demanda nacional y del coste total del servicio que se liquida mensualmente.

El problema ahora radica en saber cómo van a trasladar este coste las comercializadoras a los clientes, puesto que dado que todavía no sabemos la demanda que habrá, ¿cómo van a saber cuál es el precio correcto que se va a cobrar a cada consumidor cuando hasta final de mes no se va a saber el coste mensual del servicio ni la demanda entre la que hay que repartirlo? En las facturas que ya están cerradas de este mes ya lo están aplicando.
  
Nuevamente el consumidor lo acaba pagando todo y lo peor es que sin ninguna transparencia que le permita conocer si le están facturando correctamente o no.

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miércoles, 7 de enero de 2015

Nuevas Tarifas De 6 Periodos

Tal y como comentamos en nuestra entrada del 17 de noviembre pasado, con el título Industria Trata de Quitar Competencias a la CNMC, finalmente se ha publicado en el B.O.E. del pasado 13 de diciembre el desdoblamiento de la tarifa 6.1 en 2 nuevas:

Todos los suministros cuya tensión sea menor de 30 kV (y mayor o igual que 1 kV) serán considerados como tarifas 6.1A, mientras que los que estén alimentados por una tensión mayor o igual a 30 kV y menor que 36, serán considerados 6.1B.

En cuanto a su precio, publicado en la Orden IET/2444/2014 del B.O.E. nº 312 del pasado 26 de diciembre, se establece que la tarifa 6.1B va a ser un 15% más barata en cuanto a su término de potencia, mientras que la energía en su término regulado disminuirá en un 12%, todo con respecto a la tarifa 6.1A que a su vez mantiene los precios de la desaparecida 6.1.

Esto va a beneficiar fundamentalmente a las empresas industriales de la red de Iberdrola en la zona norte y que están conectadas a 33 kV (el que le permite la propia red) y que a partir del uno de enero, disfrutarán de mejores condiciones económicas.

El resto de los precios de los peajes de acceso del resto de las tarifas se mantienen.

Todo lo anterior, junto con la publicación del martes 23 de diciembre de la nueva ley de metrología, que incluye una disposición que modifica la ley del sector eléctrico, otorgando al Ministerio de Industria la potestad del cambio de peajes y quitándoselo de esta manera a la CNMC, hace que la famosa Circular publicada el pasado junio por este organismo, donde cambiaba no sólo la estructura de los peajes sino que también el calendario de facturación por periodos, parece que se vaya a quedar en “papel mojado”.

En cualquier caso, se ha dado un paso para discriminar consumidores a nivel nacional, puesto que dependiendo de la tensión de alimentación, que nadie puede elegir puesto que viene impuesta por la red de distribución, unos territorios van a competir en mejores condiciones económicas  que otros con los mismos productos puesto que sus costes energéticos se van a ver reducidos.

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