Tras varios meses de retraso,
finalmente el Ministerio de Industria ha decidido trasponer la parte más
polémica de la Directiva 2012/27/UE, referente a la obligatoriedad de la
realización de las auditorías energéticas.
Ya desde Bruselas se advirtió que
se iba a abrir expediente sancionador al estado español puesto que la
trasposición debería haberse realizado en 2014. El Ministerio siempre alegó que
la directiva estaba transcrita parcialmente en varias leyes adaptadas a nuestro
ordenamiento jurídico, pero lo cierto es que este apartado estaba todavía
pendiente.
Finalmente,
el pasado 13/02/16, se publicó en el B.O.E. nº 38 el Real Decreto 56/2016, de
12 de febrero, por el que se transpone
la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre
de 2012, relativa a la eficiencia energética en lo referente a auditorías
energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y
promoción de la eficiencia del suministro de energía.
Las novedades
principales que conlleva esta nueva norma es la obligatoriedad para empresas de
más de 250 trabajadores o que tengan un volumen de negocio que exceda de 50
millones de euros y un balance general que exceda de 43 millones de euros, a
realizar, cada 4 años, una auditoría energética que conlleve al menos el
estudio de un 85% del consumo total de la empresa. Además estas auditorías deben
quedar recogidas en un registro público para saber que están realizadas y
controladas por parte del órgano del que dependa la energía de cada comunidad
autónoma.
Lo que sin
embargo no recoge esta nueva normativa es la obligación de poner en marcha las
medidas que salgan de la realización de dichas auditorías. Así, nuevamente nos
encontramos con el pago de un “impuesto
revolucionario” (porque estas auditorías tendrán un coste) que obligará a
las empresas a pagar por unos trabajos que luego no tienen obligación de
implementar en sus organizaciones.
Eso sí, las
multas por no realizar estas auditorías pueden llegar a ser de 60.000 euros.
Para más información sobre
esta publicación o cualquier otra en materia energética, pueden contactar con
nosotros en el teléfono 91 476 65 62, o en nuestro correo electrónico info@medhesa.es.
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